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La ley de Economía Sostenible ya ha entrado en vigor

11/03/2011

La ley de Economía Sostenible ya ha entrado en vigor

El 15 de febrero de 2011 se aprobó en el Congreso de los Diputados, tras un año y medio de negociaciones, la Ley de Economía Sostenible (LES), que incluye un artículo específico dedicado a la promoción de la responsabilidad social de las empresas en España. Roberto Bernad · 23 de Febrero de 2011 Me gusta (1) Hay 0 comentarios Imprimir Enviar a un amigo Emails de tus amigos (separados por comas) Mensaje Te envío esta noticia que me parece muy interesante. Tu nombre  La legislación en materia de RSE en España está atravesando un momento decisivo con la aprobación de la LES y con el debate que ha generado la Ley Extremeña de RSE. Los cuestionamientos que surgen ante sendas leyes son los mismos y tienen que ver con el ámbito geográfico de aplicación de la ley, el nivel de reconocimiento y pertinencia de la certificación propuesta cuando ya existen muchas otras reconocidas internacionalmente y la pregunta sin aparente respuesta acerca de la voluntariedad u obligatoriedad de la RSE. El proceso de aprobación de la LES ha sido duro y controvertido, y algunas de sus disposiciones, sobre todo la conocida como "Ley Sinde", han captado toda la atención mediática y del público general, lo que ha ido en detrimento de otros aspectos de la LES. Entre ellos está el artículo 37 (numeración del Proyecto de Ley), de promoción de la RSE, que ha sido mucho menos analizado y debatido de lo que quizás sería deseable. Este breve artículo establece en tres puntos la actuación del gobierno para facilitar y promover la incorporación de la RSE en las empresas, con especial atención a las PYME: * El gobierno facilitará indicadores de autoevaluación en materia de RSE a las empresas. * Estos indicadores estarán de acuerdo con las recomendaciones del CERSE. * Las empresas que obtengan un nivel mínimo de indicadores podrán solicitar un reconocimiento por parte del Estado como "empresa socialmente responsable". La LES propone, por tanto, una certificación nacional basada en indicadores propuestos por el ministerio. La existencia de numerosos sistemas de indicadores emitidos por organizaciones internacionales hace dudar de la necesidad de este nuevo conjunto de indicadores propuesto desde el gobierno español. Y la realidad de nuestras empresas dice que en un mercado global, su interés es el de conseguir una certificación reconocida en ámbito internacional. Por otra parte, parece que el debate sobre a la voluntariedad u obligatoriedad de la implantación de la RSE en las empresas es más complejo que encontrar la piedra filosofal. Hay quien defiende que la RSE es voluntaria por definición y hay quien dice lo contrario. En la práctica, sabemos que hay una legislación muy clara en ciertos aspectos (porcentajes de puestos de trabajo reservados para personas con discapacidad, cantidades de emisión de determinados residuos, etc.) que son de cumplimiento obligatorio, puesto que lo contrario sería ilegal, de modo que no podríamos estar hablando de RSE. Cuando la empresa vaya más allá de esta legislación -de manera voluntaria, por tanto- podremos hablar de RSE, y no antes. La legislación de la RSE en otros países europeos Volviendo a la propuesta de la Ley de Economía Sostenible, quizás hubiera sido interesante analizar las políticas de promoción de la RSE en otros países europeos, aunque su tejido empresarial no corresponda exactamente al caso español. Estas políticas atienden a dos patrones básicos: el reporte y los incentivos. El principal aspecto en el que se basan las políticas de RSE en otros países es el reporte. La legislación de países como Dinamarca, Finlandia, Noruega o Francia establece desde hace años la obligatoriedad del reporte en empresas de un determinado tamaño o de sectores concretos. La obligación queda como una cuestión general en algunas legislaciones mientras que en otras especifica las áreas obligatorias de reporte, como la ley francesa que establece el reporte del impacto social, territorial y en el medioambiente de un listado de empresas. La opción que reproduce la LES es la obligación de las empresas de más de 1.000 empleados de entregar sus memorias de RSE al CERSE. Desde luego es el planteamiento menos conflictivo y habrá que ver qué seguimiento hace el consejo de estos reportes para conocer la efectividad de esta ley. La otra opción europea en la promoción de la RSE en las empresas es la de los incentivos. No se establece la obligatoriedad de reportar o ejecutar determinadas acciones, pero se reconoce a las empresas que cumplen con su desempeño social mediante la exención de tasas o subsidios. Es la opción adoptada en Reino Unido o Alemania. En definitiva, parece que la legislación recién aprobada en España no resuelve los principales escollos de las políticas públicas para la promoción de la RSE y se queda corta antes de su misma implantación. Aún así, bienvenida sea.




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