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convocatoria de una nueva línea de subvenciones individuales destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas

Descripción:

La Dirección General de Personas con Discapacidad de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad ha publicado en el BOJA del día 30 de octubre de 2023 la orden de bases y convocatoria de una nueva línea de subvenciones individuales destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

 

El plazo de solicitud estará abierto hasta el día 21 de noviembre de 2023, inclusive.

 

Destacar que al tratarse de subvenciones de concurrencia no competitiva, cada solicitud inicia un procedimiento individual, por riguroso orden de llegada al registro de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad correspondiente a la vecindad administrativa del/la solicitante, que será resuelto y notificado individualmente.

 

Os informamos de los requisitos, conceptos subvencionables, cuantía máximas establecidas, documentación y autorizaciones necesarias, facilitando el procedimiento si se aporta la documentación con el Anexo I y se cumplimentan correctamente las autorizaciones por parte de todos los miembros de la unidad de convivencia cuando así se requiera.

·         CONCEPTOS SUBVENCIONABLES: adquisición de cualquier producto (incluyendo dispositivos, equipos, instrumentos y software) fabricado especialmente o disponible en el mercado, utilizado por o para personas con discapacidad, según estas CATEGORÍAS y conforme a la discapacidad valorada:

1.    Equipamiento informático o tecnológico que dé respuesta a los déficits que conlleva la discapacidad, así como dispositivos y/o programas para apoyar, entrenar, medir o sustituir funciones/estructuras corporales y de estimulación y rehabilitación cognitiva.

2.    Aplicaciones informáticas que garanticen la interacción con equipos informáticos o tecnológicos que den respuesta a necesidades educativas, formativas y de comunicación o que permitan acceder o crear entornos terapéuticos que fomenten la capacidad motora y mental (gafas de realidad virtual y dispositivos como Wii, Leap Motion …).

3.    Dispositivos o elementos periféricos que faciliten el uso de los equipos y aplicaciones informáticas o tecnológicas.

4.    Soluciones de domótica para favorecer la autonomía en el hogar.

5.    Soluciones de accesibilidad en el hogar (grúas móviles y de techo, salvaescaleras, camas eléctricas elevables en altura, butacas eléctricas multifunción…).

6.    Soluciones de movilidad urbana y/o funcionalidades: SCOOTER si se cumplen todos y cada uno de estos REQUISITOS (acreditado en el Informe Técnico de Idoneidad):

·         Incapacidad para la marcha independiente.

·         Suficiente capacidad visual, mental y de control que les permita el manejo de scooter sin riesgo añadido para su integridad y la de otras personas.

7.    Adaptaciones de vehículos para personas con movilidad reducida (rampa eléctrica, adaptación asiento vehículo para facilitar la transferencia, grúa para transporte silla de ruedas, adaptación mandos conducción vehículo, etc.).

No serán subvencionables aquellos productos que estén incluidos en el Catálogo General de prestaciones ortoprotésicas del SAS.

·         Solo podrá presentarse una solicitud y para un único producto de apoyo por persona beneficiaria. No obstante podrán solicitarse en una única solicitud, dos o más productos de apoyo dentro de una misma categoría de las indicadas anteriormente, o dentro de estos grupos de categorías subvencionables, justificándose su complementariedad y con el límite del importe máximo establecido.

             

GRUPO I que engloba las categorías 1, 2 y 3:

1.    Equipamiento informático o tecnológico que cubra déficits que conlleva la discapacidad y dispositivos y/o programa que apoyen, entrenen, midan o sustituyan funciones/estructuras corporales y de estimulación y rehabilitación cognitiva.

2.    Aplicaciones informáticas que garanticen la interacción con equipos informáticos o tecnológicos que den respuesta a sus necesidades formativas y de comunicación o permitan acceder o crear entornos terapéuticos que fomenten la capacidad motora y mental (gafas de realidad virtual y dispositivos como Wii, Leap Motion, etc).

3.    Dispositivos o elementos periféricos que faciliten el uso de equipos y aplicaciones informáticas o tecnológicas.

 

GRUPO II que engloba las categorías 4 y 5:

4.    Soluciones de domótica que favorezcan la autonomía en el hogar.

5.    Soluciones de accesibilidad en el hogar (grúas móviles y de techo, salvaescaleras, camas eléctricas elevables en altura, butacas eléctricas multifunción…).

 

PORCENTAJE Y CUANTÍAS MÁXIMAS:

·         Porcentaje máximo de la subvención: hasta 100%

·         Cuantía máxima de la subvención: límite máximo de 6.000 €.

·         Límites específicos:

·         Dispositivos móviles: 700 euros.

·         Tabletas: 1.000 euros.

·         Ordenadores: 1.500 euros.

 

REQUISITOS:

1.    Tener reconocida discapacidad física, psíquica o sensorial en grado igual o superior al 33% y poseer resolución de reconocimiento del grado a fecha de presentación de la solicitud.

2.    Tener vecindad administrativa en municipio andaluz a fecha de publicación de la convocatoria.

3.    Renta per cápita de unidad económica de convivencia (personas que convivan con solicitante y estén en certificado o volante de empadronamiento colectivo) NO superior a 2,5 veces el IPREM del año correspondiente al último ejercicio fiscal con plazo de presentación de la declaración de renta vencido.

Este requisito NO será de aplicación cuando la persona beneficiaria sea un/a menor de edad en acogimiento familiar o en guarda con fines de adopción.

4.    Disponer de un presupuesto cierto, detallado y conforme a la finalidad del producto solicitado que recoja sus características, marca y modelo.

5.    Se exigirá Informe Técnico de Idoneidad, conforme al Anexo III, emitido por profesional facultativo colegiado (médico, psicólogo, logopeda, fisioterapeuta, terapeuta ocupacional…) en que conste debidamente identificado el producto de apoyo para el que se solicita la subvención y su correlativa adecuación para ser utilizado por la persona con discapacidad solicitante para facilitar y satisfacer su participación en la sociedad, proteger, apoyar, entrenar, medir o sustituir funciones y/o estructuras corporales y actividades, o prevenir deficiencias, limitaciones en la actividad o restricciones en la inclusión y participación.

Si el producto ha sido adquirido con anterioridad a la solicitud, sólo es válido a partir del 1 de enero de 2022 inclusive, el informe técnico de idoneidad deberá justificar los mismos extremos, aunque sea emitido con posterioridad a la adquisición.

 

DOCUMENTACIÓN:

1.    Certificado o volante de empadronamiento colectivo histórico familiar.

2.    Última declaración presentada del IRPF cuyo plazo de presentación esté cerrado a la fecha de publicación de la convocatoria o, si no tienen obligación de hacerla o tiene otros ingresos no incluidos en ésta, una declaración responsable de los ingresos obtenidos en el mencionado ejercicio (de todos los miembros de la unidad de convivencia).

En su caso, la declaración tributaria o de ingresos podrá ser sustituida por una autorización de cada uno de los miembros de la unidad económica de convivencia al órgano gestor para recabar los datos.

3.    Documentación acreditativa del acogimiento familiar o guarda con fines de adopción, en su caso.

4.    Presupuesto detallado o factura detallada del gasto conforme a la finalidad del concepto subvencionado que recoja sus características, marca y modelo.

5.    Informe Técnico de Idoneidad conforme a formulario Anexo III. En el caso de soluciones de movilidad urbana y/o funcionalidades, deberá dejarse constancia en el mismo del cumplimiento de los requisitos indicados en el apartado 2. a).6 del cuadro resumen.

6.    Declaración responsable relativa a la ausencia de conflicto de intereses, conforme al Modelo IV.A de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.

7.    Declaración responsable sobre aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas.

8.    Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.

9.    En la categoría “adaptación de vehículo a motor”, copia del permiso de conducir. Si la persona beneficiaria última sea menor de edad, el permiso de conducir será presentado en su caso por el padre, la madre, la pareja de hecho de cualquiera de los progenitores o la persona representante legal.

DECLARACIONES RESPONSABLES en el formulario Anexo II:

1.    En su caso, compromiso de aportar el importe exacto de la cuantía de fondos propios.

2.    Declaración responsable relativa a la obligación de conservar los documentos justificativos y demás documentos concernientes a la financiación en formato electrónico durante un período de 3 años.

3.    Declaración responsable relativa a la concesión de los derechos y accesos necesarios para garantizar que las autoridades europeas y nacionales competentes, ejerzan sus competencias.

4.    Declaración responsable relativa al sometimiento a las actuaciones de comprobación por el órgano concedente y actuaciones de verificación y control por órganos competentes.

5.    Declaración responsable relativa al sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con los incentivos y ayudas concedidas y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información sea requerida por dichos órganos.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN

 

En nuestra sede, en Plaza de Bailén, 19, en el tlf. 955867574 o por correo electrónico en apdis@apdis.es

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Fecha: 2023-11-21

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